Educación

En Mendoza los jardines maternales no tienen ningún tipo de regulación

Tampoco existe un registro, sólo cuentan con las habilitaciones municipales. Hay un proyecto de ley que contempla controlarlos desde el punto de vista educativo e institucional.

23 de Octubre de 2012 11:13

Por: Alejandro Parigi

A partir de lo sucedido en la provincia de Chubut con el bebé amordazado se abren muchos interrogantes sobre los lugares habilitados como guarderías o jardines en nuestra provincia. Esto tiene que ver con quién los controla –hablamos de los privados- ya que con los oficiales y SEOS es la DGE la encargada.

Con respecto a lo edilicio cada uno de estos espacios son habilitados por la Municipalidad respectiva que se encarga de los diversos aspectos relacionados con la seguridad, los ambientes y su adaptación como lugar para albergar niños.

No existe tampoco en la provincia ningún registro oficial de estos establecimientos, pero desde la DGE informaron a El Sol Online que se está trabajando para incluirlos en un futuro y de esta manera poder controlar esta actividad convenientemente.

En la Legislatura existe un proyecto de ley que tiene como objetivo establecer normativas que regulen el adecuado funcionamiento de los jardines maternales de la provincia por parte de la Dirección General de Escuelas. Este organismo designará el área de aplicación y llevará un registro, control y supervisión de los establecimientos con niños de 45 días a 4 años que pertenezcan al ámbito privado.

La senadora Milagros Suárez (UCR) -su autora- comentó: "El miércoles pasado se trató en la Comisión de Educación del Senado con despacho favorable y ahora pasa a la de Hacienda y Presupuesto para que la norma en caso de ser aprobada ya esté incluida en el futuro presupuesto". Hay que aclarar que además se discute en la Casa de las Leyes la futura Ley de Educación que debería también tener en cuenta estas problemáticas.

Los puntos principales del proyecto

a) Las condiciones edilicias apropiadas para atender niños de 45 días a 5 años.
b) Que el establecimiento cuente con un Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) acorde a la edad y característica de la comunidad en la que se trabaja, a fin de que no se trate solo de un lugar de cuidado y permanencia sino verdaderos centros que promuevan el desarrollo integral del niño.
c) En lo referente al personal docente, la necesidad de que cuente con título habilitante, certificado de aptitud psicofísica, certificado de buena conducta, así como también personal auxiliar capacitado para el cuidado de los niños.
d) Celadores y cocineros, en el caso que funcionen comedores que mantengan condiciones de higiene y seguridad capacitados en el tema de manipulación de alimentos.
e) Establecer la cantidad de horas que permanecen los niños en el lugar, seguros de responsabilidad civil y de salud, entre otros.

Actualmente en Mendoza tampoco se inspecciona si las dueñas son maestras recibidas o si su personal también lo es. Además, se sabe que muchas trabajadoras de estos jardines están dentro del trabajo no formal, sin ningún tipo de beneficios como marca la ley. Ojalá que de aprobarse esta ley y la de educación tengamos más certezas que incertidumbre al momento de decidir donde llevar a los chicos en su primera experiencia educativa.

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